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martes, 9 de diciembre de 2008

Tribunal de Cuentas 2: Un solo promotor ejecutó el 43% el desarrollo de suelo residencial en suelo urbanizable en Cuenca

Nuevos desarrollos urbanísticos en Cuenca


LA NOTICIA.-
Extra Confidencial.com


El municipio de Cuenca, con una extensión de 954,3 kilómetros cuadrados contaba en 2005 con una población de 49.912 habitantes. Es precisamente ese año uno de los ejercicios fiscalizados por el Tribunal de Cuentas al consistorio gobernado en aquellos años por el socialista José Manuel Martínez Cenzano, hoy Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha, y a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico. Como decíamos en nuestra última edición, el área de Urbanismo es donde el Tribunal detectó más irregularidades.

Y es que la gestión urbanística del municipio dejó mucho que desear a lo largo de los dos ejercicios fiscalizados. Así, el Tribunal de Cuentas se detiene especialmente en el “papel preponderante” de la iniciativa privada, tanto en la planificación como en el desarrollo urbanístico de la ciudad. El 98% del suelo efectivamente desarrollado lo fue a iniciativa privada. “Además, se asegura en el Informe, el desarrollo del suelo residencial en suelo urbanizable presenta una importante concentración, habiéndose ejecutado por un solo promotor el 43% de la superficie total de éste tipo de suelo”.

Conclusión: tan sólo se ejecutó el 14% de la superficie cuya iniciativa en el Plan de Ordenación Municipal (POM), se preveía que fuera pública, sin que el Ayuntamiento formulara ni promoviera ningún PAU dirigido a solventar la falta de iniciativa privada para el desarrollo del suelo planificado que no se había desarrollado en las condiciones y plazos previstos para su ejecución en el Planeamiento.

Exceso ilegal de edificabilidad del 2%

En la concesión de licencias de obra mayor, los servicios técnicos municipales admitieron un exceso en la edificabilidad del 2% sobre la prevista en el proyecto de reparcelación, lo que “supone un incumplimiento de la ordenación territorial y urbanística establecida en el Planeamiento, contrario, además, al principio de equidistribución de beneficios y cargas que debe regir la parcelación urbanística”.

Y por último, en esta edición, una recomendación del Tribunal de Cuentas: “El Ayuntamiento debería proceder a formar el inventario del Patrimonio Municipal del Suelo y establecer los mecanismos necesarios para realizar un adecuado seguimiento y control de los bienes y recursos que los integran, en aras de garantizar su afectación a las finalidades previstas en la normativa”. ¿Lo habrán hecho?

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